Mi código deontológico
Me comprometo a respectar el código deontológico promulgado por el sindicato francés de traductores profesionales (SFT).
1. Principios generales
a. Honradez e integridad
El traductor deberá ejercer su trabajo honradamente y con integridad, bases sobre las que se asienta la confianza del cliente. El traductor se compromete a no aceptar ningún encargo que lo obligue a menoscabar su dignidad o la de la profesión.
b. Fidelidad
El traductor se compromete a trabajar de acuerdo con los usos y prácticas profesionales, restituyendo fielmente el sentido del documento que deba traducir.
c. Secreto profesional
El traductor estará vinculado por el secreto profesional. El traductor podrá ser relevado de su deber de confidencialidad en los casos en los que lo prescriba la ley, lo exija su propia defensa, así como si cuenta con la autorización expresa del cliente. El secreto profesional se aplicará a cualquier información o documento que haya recibido de su cliente.
2. Respeto de la ley
El traductor se compromete a respetar la legislación del país en donde ejerce su profesión. En particular, deberá respetar el régimen social y fiscal del o de los países en los que tenga su domicilio profesional.
3. Relaciones con el cliente
a. En el ejercicio de su profesión, el traductor deberá respetar la confianza que el cliente le ha otorgado.
En particular, deberá negarse a aceptar, realizar o encargar a terceros un trabajo cuya calidad no pueda
garantizar, o bien subcontratar a terceros total o parcialmente un trabajo sin haber obtenido la
autorización previa del cliente.
b. El traductor se abstendrá de hacer cualquier publicidad engañosa y en especial de reivindicar títulos,
diplomas y cualificaciones que no posea.
c. El traductor hará siempre lo necesario para reunir las condiciones que le permitan realizar un trabajo de
calidad y se compromete a trabajar de acuerdo con los usos y prácticas profesionales, a saber:
I. traducir únicamente hacia su lengua materna o una lengua que domine con precisión y soltura;
II. contar con la cualificación y los conocimientos necesarios para trabajar en el ámbito de especialidad
que se requiera;
III. realizar las búsquedas documentales necesarias para comprender y traducir fielmente cada texto;
IV. mantener y desarrollar sus conocimientos y sus aptitudes profesionales como parte de un proceso de
formación permanente;
V. no aceptar plazos que no sean acordes con las exigencias del trabajo.
d. El traductor se compromete a aconsejar al cliente sobre los métodos y técnicas que se adapten mejor a
cada encargo.
4. Relación entre traductores
a. El traductor aceptará como colega a cualquier traductor profesional y adoptará hacia él un
comportamiento confraternal y leal. En particular, en caso de trabajar en equipo o en colaboración,
respetará escrupulosamente los intereses de sus colegas y se comprometerá a proteger las relaciones que
dichos colegas hayan establecido con sus clientes respectivos.
b. El traductor tendrá derecho a recibir una remuneración por sus servicios acorde con su experiencia,
formación y cualificaciones, así como con la especialización del texto, las búsquedas documentales, los
plazos establecidos y todos los gastos o inversiones en los que pueda incurrir para el ejercicio de su
profesión. En beneficio de la calidad del trabajo y salvo en caso de servicios ocasionales prestados de
forma gratuita en el marco de acciones sociales o humanitarias, el traductor se abstendrá de pedir o
aceptar remuneraciones, rebajas o descuentos que constituyan actos de competencia desleal.
5. Respeto de las reglas de buena conducta
El traductor se compromete a trabajar respetando la Recomendación de Nairobi (Unesco, 1976). El
traductor se compromete a respetar la legislación relativa a la propiedad intelectual y podrá exigir además
el respeto de sus derechos como autor. Se compromete, asimismo, a respetar las reglas de conducta que
se apliquen en el sector y país en donde ejerza.